El periodo para la confirmación de borradores del Impuesto de la Renta 2015, comenzó el pasado 07 de abril, terminando el mismo el próximo 30 de junio, si bien es hasta el 25 de junio cuando se pueden presentar las declaraciones que salgan a pagar, mediante cargo en cuenta corriente.
En caso de pagar mediante domiciliación bancaria, podemos aplazar el 40 % y pagarlo el 05 de noviembre, pagando el restante 60 % el día 30 de julio .
Por otro lado, comentar que las declaraciones que salgan a pagar se pueden presentar desde el 03 de mayo, siendo posible domiciliar el pago, por lo que hasta el 30 de junio no se producirá el cobro. Esta posibilidad es muy interesante ya que nos permite saber cual va a ser nuestra obligación fiscal sin sufrir un desembolso inmediato, además de tener suficiente tiempo para justificar bien todo y mejorar de esa forma tanto el pago a realizar, como la devolución en caso de que sea esta la opción tributaria.
En el caso de no haber presentado la declaración de renta 2.015 en el plazo reglamentario, comentaros que todavía es posible presentarla, eso sí, a través de un asesor fiscal que actúe como colaborador con Hacienda, siendo indiferente si es a pagar como si es a devolver. Eso sí, en ambos casos tendremos que asumir una sanción por presentación extemporánea y voluntaria, que será de unos 100 euros, lo cual siempre será menor a la multa que nos ponga Hacienda en caso de reclamarnos por no haber presentado la declaración en tiempo y forma.
Si la declaración es a pagar , habra que tramitar un aplazamiento de la misma, o bien pagarla íntegramente, para lo cual habrá que personarse en la sede de Hacienda que os corresponda. En caso de solicitar la devolución, el plazo máximo para el ingreso de la misma es de seis meses, pasado el cual , os encontráreis un ingreso adicional en forma de intereseses que os paga la Agencia Tributaria por la tardanza en la devolución.
Desde estas líneas os animo a que contactéis con nosotros , ante cualquier trámite que tengáis que hacer, ya que gracias a las nuevas tecnologías y a que somos colaboradores de Hacienda, podemos tramitar devoluciones en cualquier punto de España, ya sea Málaga, Zaragoza, Burgos o Madrid, sin necesidad de desplazamientos y a un precio muy competitivo.